N° | 2727 |
---|---|
Título | |
Resumen | Imponer el nombre de “ALFONSINA STORNI” a la Plaza del Barrio Dr. Montaña ubicada entre las calles: Del Valle Aristóbulo, Giusti Roberto, Fernández de Moratín y Boedo Mariano. |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 1995 |
Documento | bba5071978e00e99d98ebd6801a47dd1.pdf |
BOM | 1995-09-05 |
Texto | Corrientes, 15 de Agosto de 1995.-
ORDENANZA Nº 2727
V I S T O: El Expediente Nº 684-C-95/1; y
CONSIDERANDO
Que la Comisión Vecinal del Barrio Dr. Montaña, solicita imponer a la Plaza del Barrio, con el nombre de “ALFONSINA STORNI”;
Que en esta vida que llevamos, es conveniente que las plazas lleven nombre de personalidades que han dejado su mensaje a las nuevas generaciones de Argentina;
Que el nombre que solicita la Comisión Vecinal para imponer a la plaza del Barrio Dr. Montaña, ALFONSINA STORNI; es de por sí significativo teniendo en cuenta;
Que ALFONSINA STORNI fue una gran poetisa Argentina, maestra y periodista, y que como mujer fue una ardiente defensora del feminismo;
Que entre sus obras se encuentran: “Ocre”, “El dulce daño”, “Mascarilla y Trébol”, “Irremediablemente”; todas de gran romanticismo y de perfección clásica;
Que es facultad de este Honorable Cuerpo reglamentar sobre los espacios verdes de esta ciudad, y por ende acceder a lo peticionado.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1º.- Imponer el nombre de “ALFONSINA STORNI” a la Plaza del Barrio Dr. Montaña ubicada entre las calles: Del Valle Aristóbulo, Giusti Roberto, Fernández de Moratín y Boedo Mariano.
ART. 2º.- Disponer que por el área que corresponda, el Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º.
ART. 3.- Aprobada, homologada y publicada la Ordenanza deberá remitirse copia autenticada de la misma a la Comisión Vecinal del Barrio Dr. Montaña.
ART. 4º.- La presente Ordenanza será refrendad por el Sr. Secretario del Honorable Concejo Deliberante.
ART. 5º.- Elévese la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
ART. 6º.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-
Prof. ANA G. DE LA F. DE AMADEY PRESIDENTE Honorable Concejo Deliberante Municipalidad Ciudad de Corrientes
Esc. JUAN ANTONIO MACIEL SECRETARIO Honorable Concejo Deliberante Municipalidad Ciudad de Corrientes |
Texto actualizado |