N° | 4957 |
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Título | |
Resumen | Imponer el nombre de AVENIDA COSTANERA JUAN PABLO II, a la continuación de la Av. Costanera General San Martín, en el tramo que va desde Av. 3 de Abril hasta Av. Jorge Manuel Romero, actualmente denominada Costanera Sur. |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 2008 |
Documento | cf0c7472539318c8119978e07f2edf85.pdf |
BOM | 2008-12-01 |
Texto | Corrientes, 20 de Noviembre de 2008.-
ORDENANZA N°4957 V I S T O: La Ordenanza N° 4.119 del 15 de Abril de 2005, por la cual se reserva la importancia del nombre JUAN PABLO II a la Costanera Sur de nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que, su vida y sus obras son consuelo y la guía espiritual para la comunidad cristiana en particular y también para otras comunidades religiosas.
Que, su labor siempre ha pregonado la Paz Mundial, viajando a lugares donde nunca antes había llegado el pontífice.
Que, la Provincia de Corrientes se vio bendecida con su presencia en el año 1.987, y su obra de amor y paz, es el legado para un mundo.
Que, su reverendísima Eminencia Juan Pablo II, falleció el 2 de Abril del año 2005.
Que, el dolor provocado ene l mundo entero por su fallecimiento, nos lleva a tomar real dimensión de lo que significó la figura del Santo Padre para todas la Humanidad.
Que, el 15 de Abril de 2005 el Honorable Concejo Deliberante sanciona la Ordenanza N° 4.119, promulgada por Resolución N° 578 del 26 de Abril de 2005.
Que, el Art. 1° de la Ordenanza N° 4119, del 15 de Abril de 2005, reserva el nombre de JUAN PABLO II a la Costanera Sur de nuestra Ciudad, una vez finalizada la obra.
Que, las obras de ampliación de la Costanera en el sector Sur, en el tramo desde la Av. 3 de Abril hasta la Av. Jorge Romero, han finalizado ene l mes de Octubre de 2008, habilitándose su uso al público el 18 de Octubre de 2008.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1°.-Imponer el nombre de AVENIDA COSTANERA JUAN PABLO II, a la continuación de la Av. Costanera General San Martín, en el tramo que va desde Av. 3 de Abril hasta Av. Jorge Manuel Romero, actualmente denominada Costanera Sur.
ART. 2°.-La presente Ordenanza será refrendada por el Sr. Secretario del Honorable Concejo Deliberante. ART. 3°.-Remítase la presente al Departamento Ejecutivo para su promulgación. ART. 4°.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
NORBERTO AST PRESIDENTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES
DR. JOSE L. RAMIREZ ALEGRE SECRETARIO HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES |
Texto actualizado |