N° | 3613 |
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Título | |
Resumen | LIBERAR a las empresas prestatarias del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, por un plazo de noventa (90) días a contar del 1º de noviembre de 2.000, del pago del Impuesto a los Automotores de la proporción del 99%, en que la Ley 3753 le otorga a esta Municipalidad la libre disposición de los recursos provenientes de dicho tributo, y de la Tasa municipal de Inspección; en ambos casos solamente respecto de los ómnibus afectados a la prestación del servicio de Transporté Urbano de Pasajeros. |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 2000 |
Documento | 4cdf1115c7c5934c847be715275b0a7f.pdf |
BOM | 2000-10-25 |
Texto | ORDENANZA N° 3613
Corrientes, 25 de octubre de 2000
VISTO:
Que la Comisión Mixta del Transporte se expidió en fecha 05 de octubre de 2.000 emitiendo dos dictámenes técnicos en relación con la tarifa del Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros; el producido por los representantes de la Municipalidad indica un valor de $0,59 y el de los representantes de las empresas de transporte indica un valor de $0,80.
Y CONSIDERANDO:
Que el Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros prevé un parque móvil íntegramente compuesto por unidades nuevas y de tecnología no apropiada ni adecuada a la red vial de la Ciudad, lo que lo encarece en forma desproporcionada;
Que la situación económica del país, y en particular de la Provincia de Corrientes, obliga a tomar decisiones propias de la situación de emergencia;
Que el 40% de los usuarios del transporte provienen del 60% de las familias más carenciadas de la Ciudad;
Que un incremento del precio del boleto impactaría negativamente en los presupuestos de esas familias;
Que debe primar el interés social, particularmente de quienes menos tienen;
Que, en el marco de la emergencia económica que atraviesa el Municipio es imprescindible la reasignación de recursos con el propósito social de evitar un aumento de la tarifa sin provocar el desfinanciamiento del Sistema de Transporte;
Que por el art. 1º de la Ley N° 3.753 se delega a las Municipalidades el derecho de recaudación, aplicación, percepción y fiscalización del Impuesto a los Automotores y otros rodados;
Que por el art. 2º de la referida Ley se dispone que el producido de la recaudación, del referido impuesto se destinará en un 99% a las Municipalidades adherentes y el 1% restante se acreditará al Fondo Vial Provincial, y por el art. 9º se dispone que las Municipalidades tendrán la libre disposición de los recursos que se le atribuye por dicha Ley;
Que en consecuencia la Municipalidad puede disponer de la parte del Impuesto al Automotor que se le ha atribuido por Ley provincial a fin de liberar del pago de la misma, a las empresas prestatarias del Transporte Urbano de Pasajeros para compensar parcialmente los costos tarifarios evitando su traslado al precio que debe abonar el usuario del servicio;
Que en expediente N° 1005 "C" del 2000, obra dictamen del Servicio Jurídico Permanente.
Que, atento ello, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 4 del Decreto - Ley N° 4/2.000.
POR ELLO
EL COMISIONADO INTERVENTOR DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CORRIENTES RESUELVE CON FUERZA DE ORDENANZA
Art. 1º: LIBERAR a las empresas prestatarias del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros, por un plazo de noventa (90) días a contar del 1º de noviembre de 2.000, del pago del Impuesto a los Automotores de la proporción del 99%, en que la Ley 3753 le otorga a esta Municipalidad la libre disposición de los recursos provenientes de dicho tributo, y de la Tasa municipal de Inspección; en ambos casos solamente respecto de los ómnibus afectados a la prestación del servicio de Transporté Urbano de Pasajeros.
Art. 2º: REGÍSTRESE, comuníquese, publíquese y archívese.
Dr. Oscar R. Aguad Comisionado Interventor Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Anselmo Bruno Secretario de Gobierno Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Emilio Graglia Secretario General Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
C. P. Fidias M. Sanz Secretario de Economía y Finanzas Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Arq. Carlos Osvaldo Funes Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
Ing. Oreste Daniel Godino Secretario de Obras Públicas Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
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Texto actualizado |