N° | 4419 |
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Título | |
Resumen | Establecer prevalencia de la Ordenanza 1071 y sus modificatorias con relación al Contenido de la Ord. 4169 |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 2007 |
Documento | 5a010c51a68b8620473eaeb9fa7bb4a5.pdf |
BOM | 2007-05-09 |
Texto | CORRIENTES, 12 de abril de 2007.-
ORDENANZA Nº 4419 .-
V I S T O: La Ordenanza N° 1071 y sus modificatorias, y;
CONSIDERANDO
Que, dichas normas regulan todos los asuntos relacionados directa o indirectamente con: los usos de suelo, edificios, estructuras e instalaciones, la trama circulatoria, la subdivisión y englobamiento de parcelas, los volúmenes edificables, el ejido urbano, la preservación de las condiciones ambientales, y en general, todo aquello que tenga relación con el ordenamiento territorial del ejido municipal de la Ciudad de Corrientes.
Que, con anterioridad a su vigencia, la ocupación y uso del suelo se regla a través del Código de Edificación, y las ordenanzas de zonificación de usos y régimen de fraccionamiento de tierras, que en forma parcial regulaban estos aspectos.
Que, la Ordenanza N° 4169, que aprueba el texto re-ordenado, del Código de Edificación, en su Sección 1 establece su aplicación y alcance; definiendo en el punto b): "La ocupación, uso y mantenimiento de predios, de edificios, estructuras e instalaciones, en carácter complementario con lo que, en la materia, esté dispuesto en el reglamento de zonificación". Que, la Sección 1.1.4 de la Ordenanza N" 1071 dice textualmente: "Prevalecerán las normas de este Código en caso de oposición de las mismas con las previstas en ordenanzas, resoluciones u otras disposiciones legales establecidas con anterioridad a la presente".
Que, a raíz de las fechas de publicación de ambas normas, existe en su aplicación, ambivalencias respecto de la mencionada prevalencia establecida en el Código de Planificación.
Que, en uso de las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal es atribución del Honorable Concejo Deliberante legislar sobre la materia.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1º.- ESTABLECER la prevalencia de la Ordenanza N° 1071 -Código de Planeamiento, y sus modificatorias, con relación a los contenidos de la Ordenanza N" 4169 -Código de Edificación- y a toda otra norma que se oponga a aquellos aspectos por ella regulados. Dicha prevalencia se determinaen función del ámbito de aplicación y los alcances que definen ambos Códigos.
ART. 2º.-LA presente Ordenanza será refrendada por el Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante.
ART. 3º.- REMÍTASE, al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
ART. 4º.- REGÍSTRESE, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
NORBERTO AST PresidenteHCD DR. JOSE L. RAMIREZ ALEGRE
Secretario HCD |
Texto actualizado |