N° | 6395 |
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Título | |
Resumen | Adjudica a la empresa ERSA URBANO S.A., en el marco del Sistema Integrado de Movilidad Urbana 8SIMU9, conforme Art. 8.1.-Pliego de Condiciones Particulares, Anexo III de la Ordenanza N° 6283, los servicios establecidos para el GRUPO 1, que contiene las Líneas 102, 103, 105, 106 y 109, al haber obtenido el máxime puntaje, en relación a las propuestas realizadas por los demás oferentes. |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 2016 |
Documento | 68dd28ff882426152d4111c03b63c7f2.pdf |
BOM | 2016-04-13 |
Texto | ORDENANZA N° 6395 Corrientes, 07 de Abril de 2016
VISTO:
El expediente N° 167-D-14 (3053-S-14) y Adj. 173-D-14; y Expte. N° 255-S-16, Ref. Licitación de Transporte Urbano de Pasajeros, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza N° 6283, Promulgada por la Resolución N° 1219/15, aprueba el llamado a Licitación Pública Nacional para la concesión del Sistema de Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de Corrientes (Art. 1°9 y aprueba, además, el Marco Normativo (Anexo I), el Pliego de Condiciones Particulares (Anexo III).
Que, conforme constancias obrantes en el expediente, se ha cumplido el procedimiento licitatorio de acuerdo a las previsiones de la Ordenanza N° 6283 y los Anexos que contienen el Reglamento del Transporte Urbano de Pasajeros, el Pliego de Condiciones Generales y el Pliego de Condiciones Particulares, arribándose a las aperturas de las ofertas, conforme Acta Notarial obrante a fs. 597 de las actuaciones de referencia.
Que, de acuerdo a lo obrado en el Expte. N° 255-S-2016, la Comisión de Seguimiento de Licitación, ha realizado un análisis de las ofertas realizadas en el marco licitatorio, arribando a un dictamen final a fs. 5263/5276, conforme lo establece la Ordenanza N° 6283, Art. 9 del Anexo I y Art. 28 del Anexo II.
Que, a fs. 5278 obra Resolución N° 329 de fecha 18 de febrero del año 2016 del departamento Ejecutivo Municipal por la cual se dispone la Pre-Adjudicación del servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros de la ciudad de Corrientes en conformidad a lo prescripto por el Art. 29 anexo II de la Ordenanza N° 6283.
Que, en uso de sus facultades, el Honorable Concejo Deliberante obra en consecuencia.
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART.- 1°: Adjudica a la empresa ERSA URBANO S.A., en el marco del Sistema Integrado de Movilidad Urbana 8SIMU9, conforme Art. 8.1.-Pliego de Condiciones Particulares, Anexo III de la Ordenanza N° 6283, los servicios establecidos para el GRUPO 1, que contiene las Líneas 102, 103, 105, 106 y 109, al haber obtenido el máxime puntaje, en relación a las propuestas realizadas por los demás oferentes.
ART.- 2°: ADJUDICAR a la empresa SAN LORENZO UNION TRANSITORIA, en el marco del Sistema Integrado de Movilidad Urbana 8SIMU), conforme Art. 8. 1.- del Pliego de Condiciones Particulares, Anexo III de la Ordenanza N° 6283, los servicios establecidos para el GRUPO 2, que contiene las Líneas 104 y 108, al haber obtenido el máximo puntaje, en relación a las propuestas por los demás oferentes.-
ART.- 3°: ADJUDICAR a la empresa MIRAMAR ESTRELLA UNION TRANSITORIA, en el marco del Sistema Integrado de Movilidad Urbana (SIMU), conforme Art. 8.1.- del Pliego de Condiciones Particulares, Anexo III de la Ordenanza N° 6283, los servicios establecidos para el GRUPO 3, que contiene las Líneas 101 y 110, al haber obtenido el puntaje más alto, en relación a las propuestas realizadas por los demás oferentes.-
ART.- 4°: LA presente Ordenanza será refrendada por el Señor secretario del Honorable Concejo deliberante.-
ART.- 5°: REMITIR la presente al departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
ART.- 6°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
DR. JOSE ANGEL SALINAS PRESIDENTE Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
RICARDO JUAN BURELLA SECRETARIO Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de la Ciudad de Corrientes.
VISTO: LA ORDENANZA N° 6395 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 07-04-2016.- Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 816 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 12-04-2016. POR LO TANTO: cúmplase.
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Texto actualizado |