N° | 5765 |
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Título | |
Resumen | ADHERIR a la Ley Nacional Nº 25.675 “De Política Ambiental” donde establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. |
Descripción | |
Organismo | |
Fechapublicacion | |
Año | 2012 |
Documento | 32e32ad70e5a8123c6d7f17b6348f4e9.pdf |
BOM | 2012-08-09 |
Texto | ORDENANZA 5765
CORRIENTES, 9 de AGOSTO 2012 VISTO:
La Adhesión a la Ley Nacional N° 25.675 "De Política Ambiental” donde establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable; Y
CONSIDERANDO:
Que, la preservación, conservación mejoramiento y recuperación del ambiente son objetivos de acciones inminentes que han adquirido dramática actualidad, desde el momento en que se ha tomado conciencia de que el desarrollo económico no puede estar desligado de la protección ambiental.
Que, en efecto la Constitución ha reservado la competencia para ejecutar las leyes de presupuestos mínimos a las jurisdicciones locales; al Gobierno federal, a través de su autoridad ambiental, le corresponde aplicar la ley de presupuestos mínimos no en el sentido estricto de ejecutar una ley federal, sino en un sentido institucional y político -consustanciado con el espíritu del tercer párrafo de la cláusula ambiental de la Constitución.
Que, el Art. 4º de la ley 25.675 establece que la interpretación y aplicación de la ley, o de toda otra norma por la que se ejecute la política ambiental deberá regirse, entre otros, por el principio de congruencia por el cual se establece que "... La legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley; en caso de que así no fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.
Que, el proceso de ordenamiento ambiental, teniendo en cuenta los aspectos políticos; físicos, sociales, tecnológicos, culturales, económicos, jurídicos y ecológicos de la realidad local, regional y nacional, deberá asegurar el uso ambientalmente adecuado de los recursos ambientales, posibilitar la máxima producción y utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación y desaprovechamiento y promover la participación social, en las decisiones fundamentales del desarrollo sustentable.
Que, promover a nivel provincial la unificación y/o coordinación de todos los organismos que se relacionen con la temática ambiental, concentrando en el máximo nivel pasible la fijación de las políticas de recursos naturales y medio ambiente.
Que, en uso de sus facultades este Honorable cuerpo obra en consecuencia.
POR ELLO
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ART. 1º: ADHERIR a la Ley Nacional Nº 25.675 “De Política Ambiental” donde establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
ART.-2º: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre los medios para el cumplimiento de esta Ley, teniendo en cuenta, el principal objetivo de la misma.
ART.-3º: LA presente Ordenanza será refrendada por el Secretario del Honorable Concejo Deliberante.
ART.-4º: REMITIR la presente al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
ART.-5°: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE.
DADO EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.
Lic. Miriam Coronel Presidente Honorable Concejo Deliberante Ciudad de Corrientes
Ricardo Burella Secretario Honorable Concejo Deliberante Ciudad de Corrientes VISTO: LA ORDENANZA N° 5765 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 09-09-2012. Y PROMULGADA: POR RESOLUCIÓN N° 2180 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL EL 31-08-2012. POR LO TANTO: CÚMPLASE.
Ma. Emilia Gronda de Corvalán Directora General de Despacho Municipalidad de la Ciudad de Corrientes
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Texto actualizado |